apuntes ética de la empresa etica profesional y deontologica tema 7
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MÓDULO 7. LA EMPRESA Y LOS CONSUMIDORES
I.
LOS CONSUMIDORES
1. LOS INTERESES
DE LOS CONSUMIDORES.
Los consumidores tienen intereses que
pueden ser atendidos de dos maneras:
R El mercado:
a) Los vendedores responden a las demandas
de los compradores.
b) Sólo los consumidores tienen el poder
de decidir qué valor asignan a las cosas (ej. la seguridad).
c) Los gobiernos no pueden, por
ejemplo, obligar a los consumidores a
pagar por niveles de seguridad que tal vez no desean
R El estado: a él corresponde proteger los derechos de los
consumidores (ej. el derecho a la salud o a la seguridad.
2. LA SOBERANÍA
DEL CONSUMIDOR.
a)
Principio que afirma que somos nosotros los mejores jueces de nuestros propios
intereses (Stiglitz).
b) Justificación
ética: el servicio al consumidor.
c) Condiciones para el ejercicio de la
soberanía:
R Libertad de elección.
R Competencia de mercado.
3. LAS TRES GENERACIONES DE DERECHOS HUMANOS.
El reconocimiento de la dignidad humana y los derechos
correspondientes no siempre han sido históricamente tan claros y bien definidos
como en la actualidad sino que ha sido un largo proceso el que ha descubierto
la dignidad, dando lugar a dichos derechos que a lo largo de 250 años se
agrupan en 3 generaciones:
Primera
generación: la tradición liberal.
- La revolución francesa fue pionera
(1789) con su “Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano”
- Se reconocen los derechos:
- Individuales básicos (libertad y
a la vida)
- De participación política
- Las garantías procesales
- Derecho a la propiedad
- La sociedad debe componerse de
individuos libre, iguales entre si y sometidos solo a una ley (expresión
de la voluntad general)
Segunda generación: los movimientos
socialistas/socialdemócratas (fin s XIX ppios s XX)
1.
Buscan
la igualdad efectiva e implican intervención de poderes públicos.
2.
Incluye
derechos: sociales, económicos y culturales como:
a.
Derecho
al trabajo
b.
Derecho
a la educación
c.
Derecho
a la sanidad
d.
Derecho
a la vivienda, etc.
3.
Se
incluyeron en todas las constituciones políticas desde la I GM.
4.
Se
culmina con la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, de
aplicación universal y que recoge los derechos de 1ª y 2ª generación.
Tercera generación: Derechos de solidaridad o tercera
generación.
1.
Buscan
solución a problemas específicos en una sociedad mundial integrada.
2.
Son
universales.
PROBLEMA: hoy se habla de derechos de colectivos (mujeres
maltratadas, niños explotados) ¿Puede considerarse una negación del
universalismo? Marchesi se toca con esto.
4. LOS DERECHOS
DE LOS CONSUMIDORES.
Formulados en la Carta de protección del consumidor
(17/Mayo/1973), son cinco:
- Derecho a la protección de la
salud y seguridad. Los productos no supongan riesgo salvo el admitido en
condiciones normales de utilización, el cual debe ser informado
- Derecho a la protección de
intereses económico: equidad en las condiciones entre comprador y
vendedor.
- Derecho a la reparación de daños.
En caso de daño o perjuicio (por negligencia de venta) el vendedor repara
(productos defectuosos)
- Derecho a la información y a la
educación. Información veraz, eficaz y suficiente de las características
del producto/servicio.
- Derecho a la representación.
Posibilidad de agruparse en asociaciones de consumidores o usuarios para
defender los intereses de estos.
II. LA RESPONSABILIDAD DEL FABRICANTE
5. LA TEORÍA DE
LOS COSTES SOCIALES.
El productor debe pagar todos los daños aun cuando haya
puesto el máximo cuidado en el diseño, fabricación y haya prevenido al
consumidor de los peligros.
Explicación: el aumento de estos costes (mayor diseño,
seguridad, información) ya están incorporados en el precio.
Ventajas:
1.
Conocimiento de todos los costes del producto
2.
Reducción del número de accidentes
Inconvenientes:
1-No es justo obligar a una persona compensar el daño
causado a otra sino en el caso que hubiera podido evitarlo.
2. No es realista pensar en la reducción de los accidentes
(el usuario se vuelve menos cuidadoso
6. LA TEORÍA DEL
CONTRATO.
Visión contraria a los costes sociales: la relación
consumidor productor es meramente contractual ya que ambas partes cambian un
producto por un precio libremente y con conocimiento de causa. Esto requiere
para el productor:
Responder a las expectativas del productor (que el ha
creado)
Informar de la naturaleza del producto con todo lo que
podría afectar al consumidor
No desfigurar el producto con técnicas confusivas (pej
cambiar la marca)
No coaccionar al comprador poniéndole en situación de miedo
para que así compre.
Se ve como se reduce la responsabilidad del productor. ¿Es
realista? No, ya que es difícil que el comprador posea la misma información al
realizar la transacción y puede manejarla. Además, antes de la decisión de
compra el productor impacta mediante la publicidad y los medios.
7. CINCO ÁREAS
DE APLICACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD.
La calidad: no es variable absoluta sino relativa(mas
caro=mejor), depende de tus necesidades. (Debemos fijarnos en calidad-precio)
El diseño y seguridad del producto. Igual que antes, debemos
mirar la combinación seguridad/coste razonable
El posicionamiento del producto: buscar segmento objetivo en
función de la demanda de los consumidores (la marca es esencial).
El envasado y etiquetado: tanto el envasado como el
etiquetado son factores comunicativos decisivos, por lo que debemos exigir que
la información sea veraz.
La garantía; exige un compromiso y comportamiento honesto y
responsable por parte del consumidor y no intentar aprovecharse de ella.
III. LA PUBLICIDAD.
8. EL TRIPLE
CARÁCTER DE LA PUBLICIDAD.
La publicidad no tiene buena prensa en la sociedad, el
consumidor se siente engañado.
Sin embargo, la publicidad tiene una serie de funciones las
cuales son:
Carácter profesional: es una técnica muy elaborada.
Carácter comunicativo: la publicidad es ante todo una forma
u herramienta de comunicación social.
Naturaleza persuasiva: el único fin de la publicidad es
informativo.
9. EL DOBLE FIN
DE LA PUBLICIDAD.
Dar a conocer al consumidor la existencia de un producto o
servicio.
Fortalecer los motivos de compra, conscientes o no, de forma
suficiente para adquirir el producto o contratar el servicio.
Esta doble finalidad (informativa o motivadora) no es igualmente aceptada, siendo mucho más fácil asimilar y comprender la primera que la segunda, aunque es muy difícil establecer una frontera entre ambas.
10. PRINCIPIOS
ÉTICOS DE LA PUBLICIDAD.
Principio de legalidad: sometimiento a lo que establezca la
ley (ej. no publicidad subliminal, etc).
Principio de veracidad: no engañar.
Principio de autenticidad: no anuncios que induzcan a
confusión.
Principio de respeto a la dignidad de las personas: no
anunciar algo que denigre a las personas o colectivos de personas.
11. EL CONSUMO RESPONSABLE.
El consumidor es responsable no sólo de lo que compra, sino
también de a quién compra. Por eso, es necesario (si quiere actuar de forma
responsable) que revise sus criterios de compra de acuerdo a ciertos valores
éticos (por ejemplo, si la empresa respeta o no los derechos de los
trabajadores).
Esta actitud responsable puede llevar al comprador a boicotear
ciertos productos (o no comprar a ciertas empresas).
k PARA LA PARTE PRÁCTICA (1 hora)
Un enfoque de los derechos humanos desde la perspectiva de
los peor situados.
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